Política

Blanqueando sus intenciones

El Gobierno Nacional modificó el decreto reglamentario de la ley de blanqueo de capitales y autorizó a familiares de funcionarios a exteriorizar capitales. La insólita justificación.
por La Cámpora
30 nov 2016
Cuando desde el Ejecutivo anunciaron que iban a impulsar un nuevo blanqueo de capitales con el objetivo (aún lejano por las magras penalidades establecidas) de hacerse de dólares, se generó una fuerte polémica en torno a los sujetos autorizados a ingresar en ese régimen, cuando  sectores del oficialismo querí­an hacerlo extensivo a funcionarios y familiares de ellos, mientras que la oposición e incluso  algunos dirigentes de Cambiemos rechazaban de plano esta posibilidad. Finalmente, a la hora de votar la ley Primó esta segunda postura porque no se puede concebir que un funcionario público sea excusado de predicar con el ejemplo, máxime si se tiene en cuenta que si posee dinero no declarado podrí­a llegar a provenir de un fraude contra la Administración Pública. El blanqueo se aprobó dentro de la mal llamada ley de "reparación histórica a los jubilados". En el artí­culo 82 se enumeran todas las personas que tienen vedado acceder a este sinceramiento fiscal, entre ellas el Presidente, la Vicepresidenta, los gobernadores y sus vices, los intendentes, los ministros, secretarios y subsecretarios nacionales y provinciales, los jueces, fiscales, miembros de las fuerzas de seguridad, entre otros. Y el artí­culo 83 hace extensiva esa prohibición a los cónyuges, padres e hijos emancipados de los mencionados en el artí­culo anterior. Esta decisión es perfectamente lógica, ya que si una persona tiene dinero no declarado, se lo puede dar fácilmente a su pareja o padre para que lo exteriorice a tí­tulo propio, burlando la intención de no permitir que los funcionarios sean condonados de cometer un ilí­cito (como mí­nimo) fiscal, en virtud de la responsabilidad pública que ostentan. El Decreto 1206/2016 publicado hoy  dice, en su artí­culo 6, que “los sujetos comprendidos en el artí­culo 83 de la Ley Nº 27.260 podrán efectuar la declaración voluntaria y excepcional respecto de los bienes que acrediten se encontraban incorporados en su patrimonio con anterioridad a la fecha en que los sujetos enumerados en el artí­culo 82 hubieran asumidos los respectivos cargosˮ. Cabe subrayar, en primer término, que al ser bienes no declarados, no se puede saber la fecha cierta en que fueron adquiridos. De modo que es algo altamente manipulable y no hay garantí­as de que no hayan sido incorporados antes de asumir la función pública. Eso de por sí­ invalida el propósito, pero además nada dice de quienes tení­an otra función pública distinta a la que tienen ahora. Por ejemplo, hoy hay funcionarios nacionales que anteriormente eran funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires: bajo ningún punto de vista se podrí­a permitir el blanqueo de bienes de familiares suyos adquiridos cuando ejercí­an ese cargo. En los considerandos que justifican este decreto, se explica que “la experiencia recogida desde la sanción de la ley aconseja efectuar ciertas precisiones respetando el espí­ritu de la normaˮ. Acá no hay ninguna precisión sino que lisa y llanamente se altera el sentido que el Parlamento le dio al blanqueo. Una vez más, Mauricio Macri muestra su absoluto desprecio hacia el Congreso y el diálogo republicano, como lo hizo con el veto a la ley antidespidos o su intento por designar jueces de la Corte por decreto. Este intento desesperado por incluir sí­ o sí­ a los familiares de los funcionarios (y, por tanto, a los propios funcionarios) muestra que su preocupación pasa por lograr una autoamnistí­a. Pareciera que desde que se hizo público el escándalo de corrupción internacional de los Panamá Papers y las sociedades offshore en el Gobierno se anoticiaron que tienen que emprolijar sus papeles.
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