En la lectura de sentencia, que comenzó a las 11.47, el presidente del tribunal de enjuiciamiento, Jaime Díaz Gavier, declaró a Menéndez penalmente responsable de los delitos de "privación ilegítima de la libertad agravado por tratarse de un funcionario público, por el uso de violencia (dos hechos), por el uso de violencia y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada (297 hechos)".
También por los delitos de imposición de tormentos (656 hechos); imposición de tormentos seguido de muerte (1); homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (52); homicidio calificado por alevosía, ensañamiento con tormentos agravados (1)ˮ™.
La pena perpetua también alcanza a su responsabilidad por los delitos de "desaparición forzada agravada por resultar la muerte de la víctima (281); desaparición forzada de un menor (1); allanamiento ilegal (2), usurpación por turbación del dominio (1)".
Además de Menendez, fueron condenados a prisión perpetua los represores, Ernesto Barreiro, Héctor Pedro Vergez, Luis Martella, Héctor Chilo, Jorge Gorleri, Jorge González Navarro, Luis Gustavo Diedirchs, Jorge Exequiel Acosta, Carlos Villanueva, Juan Eusebio Vega, Ricardo Lardone, Emilio Morard y Arnoldo López.
La misma pena recibieron Héctor Raúl Romero, Eduardo Grandi, Mirta Graciela Antón, Yamil Jabour, Carlos Yanicelli, Juan Ramón Molina, Calixto Luis Flores, Marcelo Luna, Hermino Jesús Antón, Alberto Luis Lucero y Miguel Gómez.
El tribunal impuso penas de 21 años de prisión a Enrique Maffei, 20 años a José Luis Yañez, 11 años a Alberto Choux, 14 años a José Tófalo , cinco a Wenseslao Claro y Miguel Angel Lomoine, dos a Carlos Alberto Monti, ocho a Raúl Contreras y Reginaldo Castro y tres años a Rubén Broccos.
Sólo fueron absueltos Juan Carlos Cerutti, Antonio Filiz, José Idelfonso Velez y Francisco Melfi.