Política

De allanamientos, clausuras e intervenciones

por La Cámpora
29 dic 2015
A partir de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522   de Octubre de 2009 pasan a considerarse los servicios de comunicación audiovisual como de “interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir difundir e investigar informaciones, ideas y opinionesˮ   (Art 2). Es objeto de dicha ley la “regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito del territorio nacional y la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologí­as de la información y la comunicaciónˮ  (Art 1). Con el objeto de hacer cumplir esa ley en los términos expresados y de tutelar los derechos antes mencionados, la Ley crea La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) como organismo autárquico y descentralizado. Con la sanción de la Ley 26.522 la autoridad regulatoria del sector, por primera vez desde su nacimiento con el COMFER en 1980, ha conseguido conformar un organismo de dirección democrático y plural, compuesto por siete miembros que incluí­an a siete miembros seleccionados por el Poder Ejecutivo (2), Legislativo (3, uno por cada minorí­a) y el consejo federal (2). La Ley establece que la duración en los cargos será de cuatro años, intercalado con el mandato del Poder Ejecutivo Nacional “debiendo existir dos años de diferencia entre el inicio del mandato de los directores y del Poder Ejecutivo Nacionalˮ (Art 14). El decreto simple 236/2015, publicado el 22 de diciembre horas después de que el Ministro de Comunicaciones Aguad diera públicamente la noticia y rodeara de efectivos policiales el organismo, interviene el AFSCA, remueve el directorio y ubica en su lugar al ex legislador del PRO Agustí­n Garzón. Todo ello una semana después de que Aguad dijera públicamente que una ley no puede limitar al poder ejecutivo, que la regulación de la ley de medios no va a subsistir y que será reemplazada por la libre competencia en el mercado (pero tratando de ayudar a los más débiles). El AFSCA interpuso un recurso de amparo el 23 de diciembre, en tanto el ejecutivo vulneraba a través de un decreto simple el funcionamiento del directorio de un organismo Autárquico creado por ley y aprobado por el parlamento nacional, la cual contiene en su articulado los mecanismos pertinentes de remoción. La jueza a cargo del Juzgado Numero 8 Cecilia Gilardi aún no se ha expedido. Tuvo más suerte Agustí­n Garzón, quien inició causa penal por “abuso de autoridadˮ y “usurpación del cargoˮ y obtuvo del Juez Julián Ercolini una polémica resolución que establece el allanamiento, desalojo y clausura del AFSCA realizada a las 23 hs del 24 de diciembre, casi una hora del comienzo de fiestas navideñas, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo planteada en el juzgado 8. La polémica clausura dejó estupefactos a propios y ajenos, en tanto tiene como efecto la no aplicación de la Ley, dejando derechos sin tutelar y funciones sin cumplir. Sin embargo lo más absurdo estaba aún por llegar: el 28 de diciembre por la mañana se hace presente el interventor Garzón e ingresa al organismo rompiendo la faja de clausura. El argumento fue una indemostrable comunicación telefónica con el Juez Ercolini, quien en contrario a lo que disponí­a su anterior disposición, ahora permití­a el ingreso del interventor.