Política

La privatización de la obra pública

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de participación público-privada con los votos del oficialismo, el Frente Renovador y el Bloque Justicialista. Constituye una avanzada privatizadora peligrosa para el futuro del paí­s.
por La Cámpora
3 nov 2016
El espí­ritu de la norma implica entregar la decisión, contratación y ejecución de la obra pública y los servicios públicos a actores privados. Es una tercerización o privatización del sistema de obra pública que es una facultad intrí­nseca de un estado. Al igual que lo ocurrido con el presupuesto, la iniciativa del oficialismo sufrió modificaciones pero que son meramente cosméticas. La oposición que suele acompañar las propuestas de Cambiemos se conformó con que se eleve a un tercio la producción nacional en las obras de infraestructura regidas por esta ley. Por un lado, ello no altera la esencia privatista de la norma. Además, el diputado Axel Kicillof advirtió que el componente nacional se puede cubrir con la mano de obra, de modo que nada obsta a que se abran las importaciones y se utilicen productos extranjeros en desmedro de la producción local. Es fundamental que la obra pública sea competencia estatal, porque mientras el capital privado se rige por su rentabilidad y sus propios intereses, el Estado vela por la integración de los argentinos, la mejora en la calidad de vida, la ampliación de derechos y el impulso a la actividad económica. Nada de ello perdurará si la decisión en torno a la obra pública pasa a estar en manos privadas como ocurrirá si el Senado convierte en ley esta propuesta. La idea central del proyecto es crear sociedades anónimas entre privados y el Estado para la obra pública. La experiencia internacional muestra que el sector público suele tener una participación accionaria mí­nima para justificar la supuesta asociación, y el poder decisorio, controlador y ejecutor quedará en manos del privado. No sólo se corre al Estado de una función vital, sino que se crea una ingenierí­a jurí­dica que burla el derecho administrativo donde cada contrato tendrá su especificidad y particularidades, sin ningún tipo de lineamientos generales ni pautas preestablecidas. Está modalidad no funcionó en ningún paí­s: fue un éxito para algunos empresarios a costa de un perjuicio para los pueblos. Asimismo, el proyecto acepta la jurisdicción internacional. Esto significa que cualquier desavenencia o reclamo deberá hacerse en tribunales internacionales, es una cesión de control territorial que no se puede permitir luego de ver lo que sucedió con el juez Griesa. Argentina ya tuvo una etapa de privatizaciones donde la prestación de servicios públicos quedó en manos privadas. El resultado fue siempre el mismo: vaciamiento y desmantelamiento. Se está desnacionalizando y desestatizando la obra pública en una pérdida de soberaní­a que la padeceremos todos los argentinos.
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